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Curado de espanto

Ni me callo ni otorgo
                                                 

                                                      Por Gastón Grisoni (*) – 7.04.2024

Informo a todas y todos que el comunicado de Crysol lamentando el fallecimiento del senador Adrián Peña fue aprobado mediante contactos telefónicos y por otros medios, como se hace habitualmente, ante hechos imprevistos, por los referentes institucionales. En el acierto o en el error, fue, por lo mismo, un pronunciamiento de la organización y no la difusión de  los puntos de vista de una persona como ha señalado Jorge Llambías en redes sociales, en un cuestionamiento a mi persona.

De acuerdo a los estatutos vigentes, la Comisión Directiva, elegida cada dos años, está facultada para hablar en nombre del colectivo y también para adoptar decisiones vinculantes para la organización. Está estipulado en los Estatutos de Crysol y quiénes integran Crysol expresan su conformidad al respecto para ser miembros de la organización.

Así se ha hecho en los últimos 20 años. 

Semana a semana emitimos pronunciamientos de carácter político porque como víctimas del terrorismo de Estado somos actores políticos. Y nunca hemos adoptado, ni adoptaremos, una posición política partidaria. Somos la asociación de todas y de todos los ex presos políticos.

Jorge Llambías, en su pleno derecho, ha expresado públicamente su desacuerdo con el comunicado. Además manifestó cuáles son sus sentimientos personales ante el hecho y ha realizado valoraciones sobre lo sucedido que corren por su cuenta.

También ha cuestionado a la directiva de CRySOL en base a afirmaciones que el comunicado no dice y que son resultado de una errónea lectura  y mala comprensión del mismo por su parte.

1) CRySOL expresó su pesar por el fallecimiento y NO  "su hondo pesar" como él, equivocadamente, señala.

2) El comunicado de Crysol no llora lágrimas de cocodrilo por el fallecimiento del senador  Adrián Peña pero reconoció, públicamente, el papel positivo desempeñado por él para hacer naufragar la iniciativa de Cabildo Abierto y otros senadores del Partido Nacional (Graciela Bianchi, Carmen Asiaín, Jorge Gandini) destinada a otorgar la prisión domiciliaria compulsiva a los terroristas de Estado condenados por la justicia en la Cámara Alta del Poder Legislativo.

Como socio de CRySOL, Jorge Llambías tiene derecho a discrepar con las decisiones de la Comisión Directiva y a difundirlas por los medios que considere convenientes.

Desde hace 20 años las herramientas de comunicación de CRySOL solamente se usan para difundir comunicaciones institucionales.

Tan es así que CRySOL jamás difundió ninguna de las columnas de opinión sobre temas de DDHH que suelo escribir en medios de prensa o publicar en mi propio blog (www.gastongrisoni.blogspot.com).

Desde diciembre de 2011, la Comisión Directiva se reúne los días lunes de 15 a 18 horas. Sus reuniones son públicas y abiertas a la participación de todas y de todos los asociados que deseen participar y sumarse al trabajo.

En las redes sociales, Jorge Llambías, sin ninguna prueba, pone en cuestionamiento mi honestidad y me acusa  de difundir opiniones personales dándoles el estatuto de ser institucionales. Es una afirmación grosera de su parte. No se la llevo.

Durante los más de 12 años en que he ejercido la presidencia de CRySOL he evitado, cuidadosamente, emitir opiniones personales distintas a las del colectivo o hacerlas pasar como del colectivo. Y jamás se ha difundido ningún comunicado, ni ningún Opinando que no haya sido aprobado por la Comisión Directiva o sus referentes reconocidos y en ejercicio de la militancia.

Jorge Llambías fue informado de que si quería protestar o realizar algún reclamo ante la Comisión Directiva estaba en su derecho y que debía hacerlo por escrito (correo electrónico) para darle a la misma el tratamiento que corresponde en una organización formal con más de 1.200 asociadas y asociados.

Además de opinar y cuestionar, sería muy recomendable que se sumara al trabajo efectivo y a dar una mano a los que siempre ponemos el lomo para el logro de los objetivos del colectivo. Me parece a mí.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

Peor la enmienda que el soneto

 Una nueva versión desproporcionada y ofensiva: 150.000 dólares

Por Gastón Grisoni (*) – El Popular Nº 626 – 31 03 23

Para salvar las carencias básicas del proyecto de ley de reparación a las víctimas de los grupos armados que aprobara el Senado, el diputado Ope Pasquet presentó esta semana una nueva versión en la Comisión de Constitución y Códigos de Diputados. La necesidad de contar con los votos de Cabildo Abierto para poder aprobar la reforma jubilatoria en Diputados, asegura que el proyecto de ley será aprobado en la Comisión y pasará al Plenario del cuerpo.

El diputado Ope Pasquet presentó la nueva versión gubernamental

Cifras escandalosas

El proyecto aprobado por el Senado, además de no identificar el universo de personas a beneficiar,  carecía de cifras a otorgar a los mismos. La propuesta de la coalición gubernamental subsana este aspecto pero lo hace de una manera ofensiva y provocativa de acuerdo a los antecedentes históricos. Desde el regreso a la vida democrática se han aprobado varias leyes reparatorias que no pueden ser ignoradas, muy especialmente las que fueron aprobadas durante el primer gobierno del Dr. Tabaré Vázquez. La Ley 18 596, aprobada en setiembre de 2009, la más amplia, amparó de manera indemnizatoria a los familiares de los detenidos desaparecidos, de los asesinados, a las personas que sufrieron lesiones gravísimas, de acuerdo al artículo 318 del Código Penal, a los niños secuestrados y desaparecidos por más 30 días y a los niños nacidos en situación de cautiverio.

El nuevo proyecto a estudio de los diputados, es más amplio, más benévolo y más generoso en todos los aspectos. Duplica los montos  otorgados por la Ley 18 596 que es una ley que reparó a las víctimas directas de la actuación ilegítima y del terrorismo de Estado en el período comprendido entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985.

Enérgico comunicado de Crysol

Al tomar conocimiento de la nueva propuesta gubernamental a la cual consideró mezquina y provocativa, Crysol señaló que la misma: “Pone de relieve  que la vida de los centenares de detenidos desaparecidos y de los asesinados durante el gobierno de Jorge Pacheco Areco, durante la dictadura civil militar y el terrorismo de Estado, vale mucho menos que la de otros ciudadanos. Discrimina, además, a las decenas de ciudadanos que sufrieron lesiones gravísimas durante acciones represivas o en las salas de tortura, a los niños secuestrados y desaparecidos. Especialmente lo hace con miles de uruguayos que, sin haber sido formalmente procesados, estuvieron semanas y meses, privados de su libertad, incomunicados, sometidos a las más crueles torturas en los centros clandestinos de represión y a los cuales se les demanda seis meses de cautiverio para ser considerados víctimas del terrorismo de Estado en la Ley 18 596.”

Conviene poner de relieve que ser considerado víctima del terrorismo de Estado por la Ley 18 596, artículo 9, no otorga ningún beneficio económico. Dicho reconocimiento simplemente permite acceder a un documento oficial que constata la calidad de víctima.

Crysol manifestó claramente  que considera  de justicia  que el Estado asista a los familiares de los civiles que fallecieron como resultado de la violencia que vivió nuestro país y que no fueron resarcidos hasta el momento. Fueron muchos años de omisiones de los diferentes  gobiernos que se sucedieron desde el retorno a la democracia en 1985.

Los militares y los policías ya fueron reparados

Aunque durante muchos años se señaló públicamente que las víctimas de la violencia no estatal nunca habían sido contempladas por el Estado, el tratamiento parlamentario del actual proyecto, puso en evidencia que tanto los familiares de los policías y de los militares fallecidos en dichos años ya fueron resarcidos.

En el caso de los militares, además de las leyes jubilatorias y pensionarias para quienes fallecen en actos de servicio, en marzo de 1973, en la  Ley 14 106 se aprobó el artículo 115 que otorga un resarcimiento especial para “los caídos en la lucha contra la subversión”. Estableció montos distintos para el caso de los oficiales y del personal de tropa, pero los mismos van desde 75.000 hasta 85.000 dólares actuales. Este resarcimiento que obtuvieron los militares, supera a los montos que estableció la Ley 18 596 para los familiares de los detenidos desaparecidos y asesinados por los terroristas estatales.

Cumplir y respetar las normas de DDHH

La principal característica de la nueva propuesta gubernamental es que desconoce e ignora las más elementales normas de Derechos Humanos y de justicia. Las autoridades de la actual coalición gobernante tienen poco apego y adhesión a las normas de DDHH. Basta tener en cuenta que la coalición está integrada por Cabildo Abierto que ha defendido a capa y espada a los principales criminales procesados por las graves violaciones a los derechos humanos. Cabildo Abierto ha formulado duras y amenazantes críticas públicas al Poder Judicial en un fallido intento por frenar los procesamientos que se han venido llevando a cabo en los últimos años.

Las normas de DDHH son una conquista de la humanidad desde el fin de la Segunda Guerra Mundial. Pretenden dignificar la vida en sociedad y proteger a los ciudadanos de los potenciales abusos de poder de los funcionarios del Estado, civiles, militares y policiales. Solamente los funcionarios del Estado violentan las normas de DDHH.

Una vez derrotada la dictadura, al regresar a la vida democrática, Uruguay aprobó la Ley 15 737 mediante la cual adhirió a la Carta Interamericana de DDHH y aceptó la jurisdicción de la Corte Interamericana de DDHH. Sus decisiones son vinculantes, de cumplimiento obligatorio.

En diciembre de 2005, la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la Resolución 60/147, cuyo borrador inicial fue elaborado por el jurista francés, ya fallecido, Philip Joinét. Hasta el momento es el principal documento internacional que define de manera pormenorizada y exhaustiva las obligaciones de los Estados ante casos de graves violaciones a los DDHH como las ocurridas en Uruguay desde el 13 de junio de 1968 hasta el 28 de febrero de 1985. Es la referencia ineludible.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

Una muralla destrozada por la movilización

 En febrero del año 2013, el presidente de la Suprema Corte de Justicia del momento, el Dr. Jorge Ruibal Pino declaró ante los medios de comunicación que quienes pretendieran juzgar y condenar a los responsables de las gravers violaciones reciente artículo de Mauricio Pérez en Brecha (Sin retorno), informó que el año pasado la Justicia procesó a 25 represores y que en los últimos tres años se ha logrado el enjuiciamiento de 60 de ellos, militares, básicamente, policías y civiles, vinculados al terrorismo de Estado que vivió nuestro país.

Por Gastón Grisoni (*) – El Popular Nº 625 - 24 03 2023


Teniente general Gregorio “Goyo” Alvarez al salir procesado

Dados los pedidos de procesamiento formulados por el Fiscal Especializado Ricardo Perciballe actualmente en curso, dicha cifra seguramente se incrementará en los próximos meses. Nuestro país se apronta para recordar los 50 años del Golpe de Estado y de la huelga general que lo enfrentó. Los golpistas de ayer, los nostálgicos del proceso y sus cómplices, aumentan e intensifican su prédica mediática para eludir sus responsabilidades históricas. Es  una batalla por la construcción de la Memoria Histórica en el imaginario ciudadano.

Represores importantes y significativos

La cifra actual de procesados y condenados por participar activamente en las campañas represivas desde el 13 de junio de 1968 y, muy especialmente, desde el momento en que se aprobó el Estado de Guerra Interno en abril de 1972 es, al día de hoy, significativa, equiparable a la alcanzada en la Argentina que ha sido muy operativa, con vaivenes históricos, en ese sentido.

La necesidad de mantener la movilización y el trabajo para que la justicie continúe su labor, se mantenga la búsqueda de los detenidos desaparecidos y el Estado cumpla a cabalidad con la Sentencia Diana Maidanik, Eduardo González, Oscar Tassino y otros de la Corte IDH, no debe impedirnos apreciar y evaluar la realidad en toda su dimensión.

Importa la cantidad de procesados pero también la jerarquía y la significación de ellos. La movilización de la ciudadanía uruguaya ha logrado que figuras emblemáticas del proceso golpista y represivo fueran enjuiciadas y condenadas como ocurrió con el Dr. Juan Carlos Blanco, exministro de Relaciones Exteriores hasta mediados de 1976, activo participante en el Plan Cóndor y en la desaparición de Elena Quinteros o el Dr. Juan María Bordaberry, el presidente que disolvió las cámaras el 27 de junio de 1973 con el apoyo de la Junta de Comandantes en Jefe. El teniente general Gregorio Alvarez, el Goyo, luego de cumplir una larga condena, y con una edad avanzada, terminó su existencia en prisión. Fue una figura estelar del proceso civil militar, desde fines del año 1971 cuando asumió como Jefe del Estado Mayor Conjunto del Ejército para encabezar la represión de las organizaciones armadas, junto con el coronel Ramón Trabal, hasta el fin de la dictadura.

Familiares y sobrevivientes: los grandes protagonistas

Un hecho significativo del proceso por justicia, es que en Uruguay, a diferencia de lo ocurrido en otros países, todas las causas judiciales, salvo una, Los Vagones, en Canelones, fueron promovidas por los familiares de los detenidos desaparecidos, de los asesinados o por los sobrevivientes de los secuestros, de las torturas, de los abusos y las violaciones sexuales, en un esfuerzo titánico que no ha tenido hasta el momento el reconocimiento social que merecen, por su valentía, por su integridad, por su entereza, su compromiso, su dedicación.

Los denunciantes, los promotores de las causas, los querellantes, debieron hacer frente a la presión y el hostigamiento de los grupos de poder y de los represores, de los medios de comunicación masivos, de  los centros militares,  de sus abogados, la indiferencia y en algunos casos hasta la hostilidad de los funcionarios judiciales y de magistrados involucrados, e, incluso, el rechazo y el menosprecio de las propias organizaciones políticas que habían integrado.

El Pit Cnt, Madres y Familiares, Serpaj, Ielsur, Amnistía Internacional, el Observatorio Luz Ibarburu (OLI) desde su creación, Crysol, y parte del sistema político, han jugado un papel  decisivo en esta parte de la batalla judicial que se desplegó entre los intersticios de la Ley de Caducidad en primera instancia para lograr el procesamiento del Dr. Juan Carlos Blanco. En segundo lugar, para lograr la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 15.848 en octubre de 2009, Resolución 365/2009 de la SCJ, en el caso Nibia Sabalsagaray.

La causa judicial, con la firma letrada del Dr. Juan Errandonea y el Dr. Ruben Waisrup, tuvo un enorme significado en la lucha contra la impunidad instalada por los dueños del poder desde el retorno a la institucionalidad democrática. Fue un antes y un después en el marco de una intensa campaña masiva de la sociedad promoviendo un recurso constitucional que no obtuvo los resultados esperados en las elecciones de ese año.

Este recurso de excepcionalidad, promovido por la exfiscal Dra. Mirtha Guianze, culminó con el procesamiento del general, ya fallecido, Miguel Dalmao, Jefe de la Región Militar Nº3 en el momento  en que se produjo su detención. De todos los procesados, es el único militar que se mantenía en actividad y ocupando, además, un cargo jerárquico de primer nivel en filas del Ejército.

Golpistas y terroristas de Estado: no escaparán

Al retornar a la democracia, a fines del año 1986, el Dr. Julio María Sanguinetti, en convivencia con los golpistas y terroristas estatales, promovió la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva para que los responsables de los crímenes y graves violaciones de los DDHH evadieran a la justicia. Tras décadas de lucha y movilización, luego del fallo de la Corte IDH en febrero de 2011 (Sentencia Gelman vs Uruguay), en octubre de ese año, el Parlamento aprobó la Ley 18 831 que restableció la pretensión punitiva del Estado en su Artículo 1.

Desde ese momento, no existen obstáculos legales para que el Poder Judicial cumpla con sus cometidos constitucionales. La creación de la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y la designación del Dr. Ricardo Perciballe al frente de ella, con un equipo de trabajo eficiente y comprometido, ha dado resultados satisfactorios.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) hasta el momento, pese a la existencia de un mandato de cumplimiento obligatorio por parte de la Corte IDH en tal sentido, sigue sin reconocer el carácter de Crímenes de Lesa Humanidad a las graves violaciones a los DDHH que se cometieron en Uruguay. En la magistratura uruguaya, sigue habiendo juezas y jueces que la honran, como supo decir acerca de la Dra. Mariana Mota, el notable jurista francés, ya fallecido, Philip Joinet.

De todos modos, el proceso histórico permite extraer lecciones de vida para el presente y el futuro: en Uruguay, los golpistas y terroristas estatales, aunque demore 50 años, terminan enjuiciados y condenados. Un mensaje potente para quienes cargan y cargarán una pesada mochila. Y sus cómplices.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.


Negar al terrorismo de Estado

El verdadero objetivo del proyecto de ley que repara a las víctimas del accionar de grupos armados, a estudio de la Cámara de Representantes, es ocultar el accionar del terrorismo de Estado y, al mismo tiempo, quitar gravedad y relevancia al accionar de los represores condenados. 60 represores han sido condenados en los últimos tres años, con largas condenas, en función de la gravedad de los delitos cometidos.

Por Gastón Grisoni (*) – El Popular Nº 624 - 17 03 2023


Diputado de Cabildo Abierto Carlos Testa

Entrevistado por Emiliano Cotelo, el mismo día en que se cumplían 38 años de la liberación de los últimos presos políticos de la dictadura, el diputado Carlos Testa, representante de Cabildo Abierto por Canelones, puso en duda, sin aportar pruebas ni evidencias al respecto, que en Uruguay haya existido terrorismo de Estado. Al hacerlo, demostró, por lo menos, un enorme desconocimiento de la realidad histórica uruguaya y de las propias normas de DDHH que Uruguay ha ratificado.

La realidad represiva fue estremecedora

Tanto Zelmar Michelini como Wilson Ferreira Aldunate, reconocidos líderes del Frente Amplio y del Partido Nacional denunciaron, durante sus exilios, en diferentes foros internacionales, las prácticas represivas llevadas adelante por el gobierno de Juan María Bordaberry. Las detenciones masivas, sistemáticas de ciudadanos, y las torturas, fueron el centro de sus denuncias. Wilson Ferreira Aldunate, ante el Senado de EEUU, llegó a afirmar que la dictadura uruguaya mantenía el porcentaje más alto de ciudadanos presos por razones políticas en relación a su población del mundo.

Sin renunciar al uso de  otros medios o prácticas represivas, según un estudio de Serpaj del año 1989, (Uruguay Nunca Más) a diferencia de lo ocurrido en otros países del Cono Sur, la detención masiva de ciudadanos, asociada a la tortura y a la prisión prolongada, fue la metodología deliberadamente seleccionada por las FFAA para destruir a sus opositores, amedrentar a la población y así poder mantenerse en el poder.

Desde la declaración del Estado de Guerra Interno en abril de 1972 hasta el momento en que las Fuerzas Armadas, seis meses después, declararon la desarticulación de los grupos armados, más de 3.000 ciudadanos fueron detenidos y otros tantos se vieron obligados a exiliarse para preservar su libertad y, probablemente, sus vidas. El Penal de Libertad, centro de reclusión masculino, con 950 plazas, en ese momento, fue inaugurado el 1º de octubre de ese año.

Según informes de la Región Militar Nº 1 del Ejército del año 1976, al frente de la cual se encontraba el general Estaban Cristi, uno de los referentes del terrorismo de Estado, más de 20.000 personas habían sido privadas de su libertad hasta ese momento.

Al amparo de la Ley de Seguridad del Estado (Ley 14 068) de julio de 1972, más de 7.500 personas fueron formalmente condenadas por tribunales militares y recluidas en centros carcelarios diseñados para la destrucción física, síquica y moral de las y de los detenidos. Según el mismo estudio de Serpaj ya mencionado, el promedio de tiempo de reclusión fue de seis años y medio. Se calcula, aunque aún falta una investigación al respecto, que el doble de personas fueron sometidas, luego de sufrir torturas y malos tratos, a la justicia militar la cual dispuso su puesta en libertad.

Según las investigaciones llevadas adelante por la Universidad de la República (UDELAR), más de doscientos ciudadanos fueron ejecutados o asesinados de manera extrajudicial por parte de los servicios represivos o con su aquiescencia desde el 13 de junio de 1968 hasta el 28 de febrero de 1985.

Tanto en Uruguay como fuera de fronteras en operativos coordinados, la dictadura civil militar hizo desaparecer a 197 ciudadanos que hasta el día de hoy permanecen en esa condición.

El Estado uruguayo practicó el terrorismo de Estado

El terrorismo de Estado es la utilización de métodos ilegítimos por parte de un gobierno, los cuales están orientados a producir miedo o terror en la población civil para alcanzar sus objetivos o fomentar comportamientos que no se producirían por sí mismos, según la definición básica que uno encuentra en internet. Los métodos ilegítimos se refieren a prácticas no permitidas ni toleradas incluso por la legislación vigente.

En cualquier sociedad el monopolio de la fuerza pertenece al Estado para poder cumplir sus fines, pero con la obligación de usarla de acuerdo a las leyes vigentes y respetando las normas de DDHH. Estas son un escudo protector de la ciudadanía para prevenir los usos abusivos del poder, de los gobiernos y de sus funcionarios.

”Cuando el Estado a través de sus gobernantes reprime a la población, la hostiga, la persigue, de modo sistemático, para poder llegar a dominarla a través del temor, evitando cualquier acto de resistencia a la opresión, esa manera de actuar recibe el nombre de terrorismo de Estado, que es un abuso de su poder coactivo, donde los civiles son secuestrados, torturados o asesinados, sin juicio previo, o sin las garantías del debido proceso.” (H. Fingermann).

La justicia ya se ha pronunciado

Los numerosos pronunciamientos judiciales tanto en Uruguay como fuera de fronteras y los fallos de la Corte IDH han puesto de manifiesto que las graves violaciones a los derechos que se practicaron en nuestro país, fueron masivas, sistemáticas, generalizadas, sobre una población civil y de manera reglada, reglamentada, al punto tal de considerarse crímenes de Lesa Humanidad.

Estos crímenes por su gravedad, por su relevancia, por ofender la dignidad humana, son considerados imprescriptibles e inamnistiables. Sus ejecutores no pueden ni deben recibir ningún beneficio que disminuya o alivie su castigo judicial a menos que haya razones de fuerza mayor que lo justifiquen.

Hasta el momento, la Suprema Corte de Justicia no ha resuelto que estas graves violaciones configuren crímenes de Lesa Humanidad. Por ese motivo ha sido observada por la Corte IDH en la sentencia Diana Maidanik, Eduardo González, Oscar Tassino y otros, de noviembre de 2021, pero esa falta, no pone en duda ni cuestiona la existencia  del accionar terrorista por parte de los gobernantes durante el período del “pasado reciente”.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

 


13 de junio de 1968

Los cultores de la teoría de los dos demonios en cualquiera de sus versiones, burda o sofisticada, directa o indirecta, tienen varios rasgos en común. Uno de ellos es el hecho de minimizar, disminuir o simplemente ignorar los acontecimientos ocurridos el 13 de junio de 1968. De ese modo se les facilita la labor de responsabilizar a los grupos armados, especialmente al MLN, de generar el golpe de Estado y la actuación terrorista sistemática de los funcionarios estatales al amparo del poder.

Por Gastón Grisoni (*) – El Popular Nº 623 - 10 03 2023

Entierro de Líber Arce

El año 1967 se caracterizó por un enorme alza de los precios y una consecuente pérdida del poder adquisitivo de los salarios, públicos y privados. Tampoco se contaba con los recursos necesarios para hacer frente a las obligaciones contraídas con el exterior. La inflación anual adquirió cifras históricas, no superadas hasta el momento: 150%. Este ritmo inflacionario desconocido generó en el país un clima de enorme descontento social y movilizaciones constantes de los distintos gremios, incluso estudiantiles.

El MLN había surgido y se había dado a conocer en el año 1963 mediante el robo de armas en el Club Tiro Suizo de Nueva Helvecia. También había desarrollado otras acciones armadas de pertrechamiento logístico y acciones publicitarias. Era una organización incipiente pero sin mayor presencia ni en el movimiento sindical ni tampoco estudiantil. No era una organización de impacto, hasta ese momento, en la agenda política.

Pacheco Areco incendió la pradera

A fines del año 1967 falleció el general Oscar Gestido sin llegar a completar un año de mandato. En la misma noche de su muerte, asumió Jorge Pacheco Areco. Se había caracterizado por ser un editorialista del matutino El Día, de larga tradición colorada y un diputado poco activo del Partido Colorado.

El 13 de junio, de manera sorpresiva y sin conflictos sindicales que lo justificaran, decretó las Medidas Prontas de Seguridad (MPS) poniendo abrupto fin a las negociaciones que el Ministro de Trabajo de la época, Manuel Flores Mora, venía llevando a cabo con las cámaras empresariales y con el movimiento sindical.

El Prof. Carlos Demasi en su libro El 68 uruguayo, el año en que todos estuvimos en peligro, describe de manera exhaustiva el proceso que se vivió en esos doce meses tan intensos. Deja en evidencia, sin mencionarlos, la falsedad del relato de Alfonso Lessa y de  Julio María Sanguinetti que nunca incluyen las Medidas Prontas de Seguridad, como un factor de peso y gravitación, en el relato de los acontecimientos.

Pacheco Areco decretó las Medidas Prontas de Seguridad sin causas reales que lo justificaran pues había decidido aceptar las Recomendaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI) y llevar a cabo un ajuste estructural de la economía uruguaya que tendría en los trabajadores y sectores asalariados los principales grupos sociales perjudicados.

A los 15 días, a fines del  mes de junio,  Jorge Pacheco Areco adoptó medidas sumamente trascendentes: congeló los precios de los productos y la congelación salarial, envió al Parlamento un proyecto de ley de presupuesto que no otorgaba aumentos salariales en toda la administración pública y decretó la militarización de los trabajadores del Banco de la República (BROU) y del Banco Central del Uruguay (BCU) dando inicio a un ciclo autoritario que extendería esta modalidad represiva e inusual a otros gremios con el correr de los meses en una medida que conmocionaría a toda la sociedad.

Las Fuerzas Armadas que en su interior ya contaban con sectores golpistas y reaccionarios encabezados por el General Mario Aguerrondo, fueron convocadas a la escena pública como brazo armado de sectores empresariales que apoyaban el plan económico del FMI que Jorge Pacheco Areco decidió implementar como salida a la crisis.

Lessa y Sanguinetti: un solo corazón

En Agonía de una democracia, el Dr. Julio María Sanguinetti hace mención explícita al 13 de junio de 1968 y a las Medidas Prontas de Seguridad, aunque les resta importancia y dramatismo para acomodar los hechos reales en función de su interpretación histórica. Ahora, compartiendo la coalición gubernamental con los nostálgicos del proceso civil – militar, en su último libro ¿Qué pasó en febrero?, en la narración cronológica de los hechos, no menciona la implantación de las Medidas Prontas de Seguridad, a pesar de que la militarización de miles de trabajadores fue el inicio de un proceso que desembocó en la dictadura y el terrorismo de Estado.

El periodista Alfonso Lessa, elogiado incluso por Julio María Sanguinetti en su último libro, es un reconocido autor que no le atribuye ninguna importancia a la implantación de las Medidas Prontas de Seguridad. En su libro La Revolución Imposible, por ejemplo, las cita al pasar, fugazmente e, incluso, las ubica en el año 1969. Culpabilizar a los grupos armados y al movimiento sindical organizado en la CNT y al movimiento estudiantil es fácil y muy bien visto por los grupos de poder, de ayer y de hoy.

El fin del Batllismo

Jorge Pacheco Areco durante su gobierno abandonó la vieja metodología batllista de negociación para resolver los conflictos sociales. Las Medidas Prontas de Seguridad fueron una herramienta de gobierno para sortear al Parlamento, intentar destruir a la recién creada Convención Nacional de Trabajadores (CNT) y aplicar un plan económico imposible de instrumentar sin cercenar la libertad de prensa, sin restringir las libertades sindicales y  de todo tipo. El plan económico del Fondo Monetario Internacional solo podía llevarse a cabo exitosamente en base a un fuerte e intenso disciplinamiento social.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

El crimen no paga

Un reciente artículo de Mauricio Pérez en Brecha (Sin retorno), informó que el año pasado la Justicia procesó a 25 represores y que en los últimos tres años se ha logrado el enjuiciamiento de 60 de ellos, militares, básicamente, policías y civiles, vinculados al terrorismo de Estado que vivió nuestro país.

Por Gastón Grisoni (*) – 03 03 2023

Teniente General Gregorio Alvarez

Dados los pedidos de procesamiento formulados por el Fiscal Especializado Ricardo Perciballe actualmente en curso, dicha cifra seguramente se incrementará en los próximos meses. Nuestro país se apronta para recordar los 50 años del Golpe de Estado y de la huelga general que lo enfrentó. Los golpistas de ayer, los nostálgicos del proceso y sus cómplices, aumentan e intensifican su prédica mediática para eludir sus responsabilidades históricas. Es  una batalla por la construcción de la Memoria Histórica en el imaginario ciudadano.

Represores importantes y significativos

La cifra actual de procesados y condenados por participar activamente en las campañas represivas desde el 13 de junio de 1968 y, muy especialmente, desde el momento en que se aprobó el Estado de Guerra Interno en abril de 1972 es, al día de hoy, significativa, equiparable a la alcanzada en la Argentina que ha sido muy operativa, con vaivenes históricos, en ese sentido.

La necesidad de mantener la movilización y el trabajo para que la justicie continúe su labor, se mantenga la búsqueda de los detenidos desaparecidos y el Estado cumpla a cabalidad con la Sentencia Diana Maidanik, Eduardo González, Oscar Tassino y otros de la Corte IDH, no debe impedirnos apreciar y evaluar la realidad en toda su dimensión.

Importa la cantidad de procesados pero también la jerarquía y la significación de ellos. La movilización de la ciudadanía uruguaya ha logrado que figuras emblemáticas del proceso golpista y represivo fueran enjuiciadas y condenadas como ocurrió con el Dr. Juan Carlos Blanco, exministro de Relaciones Exteriores hasta mediados de 1976, activo participante en el Plan Cóndor y en la desaparición de Elena Quinteros o el Dr. Juan María Bordaberry, el presidente que disolvió las cámaras el 27 de junio de 1973 con el apoyo de la Junta de Comandantes en Jefe. El teniente general Gregorio Alvarez, el Goyo, luego de cumplir una larga condena, y con una edad avanzada, terminó su existencia en prisión. Fue una figura estelar del proceso civil militar, desde fines del año 1971 cuando asumió como Jefe del Estado Mayor Conjunto del Ejército para encabezar la represión de las organizaciones armadas, junto con el coronel Ramón Trabal, hasta el fin de la dictadura.

Familiares y sobrevivientes: los grandes protagonistas

Un hecho significativo del proceso por justicia, es que en Uruguay, a diferencia de lo ocurrido en otros países, todas las causas judiciales, salvo una, Los Vagones, en Canelones, fueron promovidas por los familiares de los detenidos desaparecidos, de los asesinados o por los sobrevivientes de los secuestros, de las torturas, de los abusos y las violaciones sexuales, en un esfuerzo titánico que no ha tenido hasta el momento el reconocimiento social que merecen, por su valentía, por su integridad, por su entereza, su compromiso, su dedicación.

Los denunciantes, los promotores de las causas, los querellantes, debieron hacer frente a la presión y el hostigamiento de los grupos de poder y de los represores, de los medios de comunicación masivos, de  los centros militares,  de sus abogados, la indiferencia y en algunos casos hasta la hostilidad de los funcionarios judiciales y de magistrados involucrados, e, incluso, el rechazo y el menosprecio de las propias organizaciones políticas que habían integrado.

El Pit Cnt, Madres y Familiares, Serpaj, Ielsur, Amnistía Internacional, el Observatorio Luz Ibarburu (OLI) desde su creación, Crysol, y parte del sistema político, han jugado un papel  decisivo en esta parte de la batalla judicial que se desplegó entre los intersticios de la Ley de Caducidad en primera instancia para lograr el procesamiento del Dr. Juan Carlos Blanco. En segundo lugar, para lograr la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 15.848 en octubre de 2009, Resolución 365/2009 de la SCJ, en el caso Nibia Sabalsagaray.

La causa judicial, con la firma letrada del Dr. Juan Errandonea y el Dr. Ruben Waisrub, tuvo un enorme significado en la lucha contra la impunidad instalada por los dueños del poder desde el retorno a la institucionalidad democrática. Fue un antes y un después en el marco de una intensa campaña masiva de la sociedad promoviendo un recurso constitucional que no obtuvo los resultados esperados en las elecciones de ese año.

Este recurso de excepcionalidad, promovido por la exfiscal Dra. Mirtha Guianze, culminó con el procesamiento del general, ya fallecido, Miguel Dalmao, Jefe de la Región Militar Nº3 en el momento  en que se produjo su detención. De todos los procesados, es el único militar que se mantenía en actividad y ocupando, además, un cargo jerárquico de primer nivel en filas del Ejército.

Golpistas y terroristas de Estado: no escaparán

Al retornar a la democracia, a fines del año 1986, el Dr. Julio María Sanguinetti, en convivencia con los golpistas y terroristas estatales, promovió la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva para que los responsables de los crímenes y graves violaciones de los DDHH evadieran a la justicia. Tras décadas de lucha y movilización, luego del fallo de la Corte IDH en febrero de 2011 (Sentencia Gelman vs Uruguay), en octubre de ese año, el Parlamento aprobó la Ley 18 831 que restableció la pretensión punitiva del Estado en su Artículo 1.

Desde ese momento, no existen obstáculos legales para que el Poder Judicial cumpla con sus cometidos constitucionales. La creación de la Fiscalía Especializada en Crímenes de Lesa Humanidad y la designación del Dr. Ricardo Perciballe al frente de ella, con un equipo de trabajo eficiente y comprometido, ha dado resultados satisfactorios.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) hasta el momento, pese a la existencia de un mandato de cumplimiento obligatorio por parte de la Corte IDH en tal sentido, sigue sin reconocer el carácter de Crímenes de Lesa Humanidad a las graves violaciones a los DDHH que se cometieron en Uruguay. En la magistratura uruguaya, sigue habiendo juezas y jueces que la honran, como supo decir acerca de la Dra. Mariana Mota, el notable jurista francés, ya fallecido, Philip Joinet.

De todos modos, el proceso histórico permite extraer lecciones de vida para el presente y el futuro: en Uruguay, los golpistas y terroristas estatales, aunque demore 50 años, terminan enjuiciados y condenados. Un mensaje potente para quienes cargan y cargarán una pesada mochila. Y sus cómplices.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.


Gobierno conservador: frutos en sintonía

Dos proyectos de ley aprobados en la Cámara de Senadores en las últimas semanas por parte de la coalición gubernamental, muestran a las claras el rumbo conservador y retrógrado del actual gobierno.

Por Gastón Grisoni (*) – 3 02 23 


El más importante y significativo para el país es el referido a la reforma del sistema jubilatorio, con graves consecuencias en caso de ser aprobado para los actuales jubilados y pensionistas y, también, para quienes se vayan a jubilar en el futuro.

Trabajar más, más años: ganar menos

Tal como fue aprobado en la Cámara de Senadores, los futuros jubilados deberán trabajar más años, aportar más y, muy posiblemente, percibirán menos ingresos. El sistema seguirá siendo financiado básicamente por los propios trabajadores, al tiempo que los dueños de la riqueza, los más acomodados, aportarán cada vez menos.

Por si lo anterior fuera poco, se adoptan medidas destinadas a privatizar aún más el sistema previsional para mejor beneficio de las empresas privadas. Las encuestas de opinión públicas son  lapidarias en cuanto al rechazo de un proyecto de ley que ya ha merecido la repulsa de todos los sectores populares, incluso, nuestro propio colectivo.

Un pretexto: invisibilizar al terrorismo de Estado

El otro proyecto, tan conservador como nostálgico, es el que se ha presentado con el pretexto de asistir a las víctimas de la violencia no estatal en el período que va desde el 1º de enero de 1963 hasta fines del año 1976.

Luego de presentado con la firma de todos los ministros y aprobado en un trámite exprés en el Senado, para que no faltaran los votos para la reforma jubilatoria, la opinión pública tomó conocimiento de que los funcionarios militares ya fueron resarcidos en términos económicos hace ya casi 50 años. Y lo fueron en montos  superiores a los que percibieron las víctimas del terrorismo de estatal, luego de 25 años del retorno a la vida democrática.

Mientras en los programas de la televisión abierta privada nunca invitan a Crysol (Polémica en el Bar, Periodistas, El living, Esta boca es mía, Todas las voces, etc, etc), se hacía referencia al hecho de que existían víctimas de primera y segunda categoría, haciendo referencia a los resarcimientos percibidos por los ex presos políticos, se supo que ley 14 106 de 1973, aprobada cuando los mandos de las FFAA ya cogobernaban integrando el Consejo de Seguridad Nacional (Cosena), estableció un monto significativamente inferior para los familiares del personal de tropa y subalterno que el que recibieron los familiares de los oficiales fallecidos en actos de servicio.

Un proyecto malintencionado

El proyecto de ley que lleva la firma de todos los ministros, son todos responsables, del primero al último y de uno en uno, como solía decir la inolvidable Luisa Cuesta, basado en mentiras, manipulando los legítimos sentimientos de la ciudadanía, pretende, por la vía de los hechos, poner en el centro de la atención ciudadana, los daños ocasionados por la violencia no estatal. Se enfoca en el período de graves confrontaciones sociales que vivió nuestro país, luego que Jorge Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de Seguridad para poder aplicar las recomendaciones económicas del Fondo Monetario Internacional (FMI).

Los familiares de la inmensa mayoría de los ciudadanos que fallecieron (funcionarios policiales y militares) debido al clima de confrontación que sufrió nuestro país desde el 13 de junio de 1968 ya fueron resarcidos económicamente. Los proponentes de este proyecto de ley, lo saben. Es evidente, entonces, que su objetivo no es asistir a los familiares de las víctimas. Hacen politiquería. Pretenden influenciar a la opinión pública y a la ciudadanía para quitar trascendencia, significado e importancia, a la violencia  estatal generada por los funcionarios del Estado desde las propias esferas gubernamentales. Quieren ocultar al terrorismo de Estado.

Olvidar las normas de DDHH

Surgidas luego de la Segunda Guerra Mundial y de la formación del Tribunal de Nuremberg para juzgar a los criminales nazis, las normas de DDHH forman parte de una nueva rama del Derecho Internacional. Se consagra  a la protección de los ciudadanos frente a los potenciales abusos de poder de los funcionarios estatales en sus distintas variantes. Ese es su cometido. Por ese motivo, para esta nueva rama del derecho, solamente los funcionarios del Estado violentan las normas de DDHH. La conducta de los particulares, ya sea a título individual o colectivo, es penalizada por otras ramas del Derecho.

Los funcionarios del Estado, tienen la obligación de respetar y garantizar el cumplimiento de las leyes y de las normas que protegen a los ciudadanos. Por eso, cuando por acción o por simple omisión, no cumplen con sus obligaciones esenciales, sus conductas son siempre graves, a diferencia de lo que ocurre con las conductas de los particulares que son penalizadas por el Código Penal.

El proyecto de reparación a las “víctimas de la guerrilla” como lo denominan los nostálgicos de la dictadura, sus defensores y sus cómplices, medios masivos de comunicación incluidos, es una bazofia reaccionaria en todos los sentidos. Pone al desnudo “el alma de la coalición republicana” y de quienes firmaron el proyecto de ley que se envió al Senado. No se salvarán en el tribunal de la historia. Aunque nos monitoreen a todas y todos desde las cámaras del Ministerio del Interior como lo puso al descubierto el hombre de confianza del actual gobierno, caído en desgracia, “el Gran Alejandro Astesiano”.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

Un proyecto malicioso y deleznable:

 Un proyecto malicioso y deleznable: ocultar al

 terrorismo de Estado

A toda prisa, para poder aprobar la ley de reforma jubilatoria, sin pudor republicano, la coalición gobernante aprobó en el Senado una ley engañosa y manipuladora.

Por Gastón Grisoni (*) – 13. 01. 23



De acuerdo a la información disponible,  la gran mayoría de las personas que se aduce resarcir económicamente ya fueron asistidas, oportunamente, por el Estado desde  el mismo momento en que ocurrieron los hechos. Salvo honrosas excepciones, básicamente civiles, todas fueron o debieron ser resarcidas en función de las normas legales vigentes o que se aprobaron posteriormente.

En el caso de los familiares de los  militares caídos en actos de servicio fueron amparados por el Artículo 115 de la Ley 14 106 de marzo de 1973. Todos  ellos percibieron  un monto superior al que otorgó la ley 18 596, aprobada en setiembre de 2009, durante el primer gobierno del doctor Tabaré Vázquez, a los familiares de los detenidos desaparecidos y asesinados, ya sea por el Escuadrón de la Muerte o por las fuerzas represivas.

Víctimas de primera y segunda categoría

El ministro de Defensa Nacional doctor Javier García ha declarado en los medios televisivos subsidiados por el gobierno que es inadmisible que en este país existan víctimas de primera y segunda categoría. En sentido contrario a lo manifestado por él, lo cierto es que hubo y hay, hasta el día de hoy, víctimas de primera y de segunda categoría.

La vida humana no tiene precio. Es un bien único. Pero lo cierto es que en el caso de los familiares de los oficiales de las Fuerzas Armadas caídos en actos de servicio, percibieron,  un monto mucho mayor, un 25 por ciento mayor, que el que percibieron los familiares de los detenidos desaparecidos y de los asesinados por los servicios represivos. También percibieron un monto 10% superior al que recibieron los familiares del personal de tropa.

El cangrejo debajo de la piedra

Con esta información disponible, es muy fácil deducir que la presentación de esta iniciativa  no se trata de un proyecto ni humanitario ni altruista como señalan los nostálgicos de la dictadura y los cabildantes. La iniciativa pone en el centro de la agenda informativa  una faceta parcial de la historia reciente. La resalta, la amplifica a través de los programas de la televisión abierta. Es una iniciativa maliciosa, estratégica, con la finalidad de ocultar y neutralizar los estragos del terrorismo de Estado en la memoria del imaginario social.

Es razonable que los familiares de las víctimas de la violencia NO estatal durante el período del pasado reciente que no hayan sido resarcidas hasta el momento, ya sea por leyes generales o específicas que se hayan promulgado, sean asistidas económicamente por el Estado.

Más allá de las apariencias, invocando a las víctimas para generar empatía y manipulando el legítimo dolor de los familiares de las personas involucradas y los sentimientos de la ciudadanía, en lo fundamental, en lo sustantivo, este es un proyecto de los nostálgicos de la dictadura para ocultar, neutralizar y diluir, solapadamente, maliciosamente, ante la opinión pública al terrorismo de Estado y revitalizar  la teoría de los dos demonios.

Un período terrible de la historia

El terrorismo de Estado fue un período histórico trágico y doloroso para la inmensa mayoría de la población. Estuvo al servicio de la implantación de un modelo de país en  beneficio exclusivo  de los grupos de poder privilegiados, los hoy conocidos en jerga gubernamental como los “malla oro”. Ningún hecho, ninguna situación, por más luctuosa que ella sea, puede explicar, justificar, neutralizar ni atenuar la gravedad del terrorismo estatal en los crímenes de Lesa Humanidad.

En materia de violaciones a los DDHH el saldo es significativo: casi 200 detenidos desaparecidos, más de 200 asesinados, más de 25.000 personas detenidas, 7.500 personas formalmente condenadas por tribunales militares, más de 30.000 condenados al exilio forzado. Un país entre rejas.

El proyecto  aprobado en la Cámara de Senadores  es horroroso técnicamente, por lo que establece y las omisiones. Su intencionalidad oculta es abonar la teoría de los dos demonios, de una manera sibilina, para ocultar la responsabilidad de los dueños del poder. Los cabildantes y los nostálgicos de la dictadura, con la complicidad militante de los dueños de los medios masivos y hegemónicos de comunicación, pretenden conducir al olvido la memoria del terrorismo de Estado. Es una batalla cultural por el pasado para dominar el presente y el futuro.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.


A pura mentira

 El artículo 115 de la Ley 14 106 del 14 de marzo de 1973 reparó económicamente a los militares fallecidos en actos de servicio. Los familiares recibieron 85 mil dólares al día de hoy.

Por Gastón Grisoni (*) – 30.12.22


Los senadores de Cabildo Abierto

Mintiendo descaradamente, sin ninguna razón que explique con sensatez tanto apuro, la coalición de gobierno aprobó en el Senado, presionada por Cabildo Abierto, un proyecto de ley que es un auténtico mamarracho jurídico. Además se sustenta en una gran falsedad.

Abusando de la imperiosa necesidad de contar con sus votos en la Cámara de Senadores para aprobar el proyecto de Reforma Jubilatoria, Cabildo Abierto hizo aprobar una minuta de aspiración, sin mayor justificación aparente, en la semana anterior. Logró el envío de un proyecto de ley con la firma de todos los ministros y del propio presidente, su ingreso y aprobación en la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara el martes 27 y su votación al otro día en el Plenario. Un procedimiento alejado de las prácticas democráticas y parlamentarias que los senadores cabildantes obviamente desconocen.

Mienten: los militares fueron reparados

Aduciendo que las víctimas de la violencia no estatal durante el período predictadura y durante el terrorismo de Estado no habían sido reparadas y que había muertos de primera y de segunda categoría, según el Ministro de Defensa Nacional Dr. Javier García, se fundamentó en el breve debate que hubo, el proyecto de ley aprobado en la sesión del Plenario de la Cámara de Senadores.

Sin embargo, el Artículo 115 de la Ley 14 106 de marzo de 1973, aprobada aún en democracia, no deja lugar a dudas. Aunque para esa ley hay muertos de primera y de segunda, repara a los militares víctimas de la violencia no estatal.

“Fíjase la prestación que deberá pagar el Estado por concepto de reparación a los causahabientes del personal militar  fallecido con motivo o a causa de la lucha antisubversiva en los siguientes montos en Unidades Reajustables (Artículo 38 y concordantes de la ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968).

   A) Para los causahabientes del personal de categoría Superior: 2.480 (dos mil cuatrocientas ochenta) Unidades Reajustables. (u$s 85.000.- al día de hoy).

   B) Para los causahabientes del personal categoría Subalterna: 2.170 (dos mil ciento setenta) Unidades Reajustables. (u$s 75.000.- al día de hoy).

Los militares, por lo mismo, tenían un marco legal habilitante para ser reparados. De hecho lo fueron, según consta en informes brindados por el exministro del Dr. Julio María Sanguinetti,  Yamandú Fau a requerimiento de la Cámara de Diputados. Cuesta creer que Cabildo Abierto, liderado por el general retirado Guido Manini Ríos, secundado por el coronel retirado Raúl Lozano, no estuviera al tanto.

Quitar gravedad a la actuación de los terroristas de Estado

Cabildo Abierto ha propuesto reimplantar la Ley de Caducidad para que los criminales del terrorismo no sean condenados. Ha hecho su defensa pública una y otra vez y ha presionado, de manera obscena, al Poder Judicial. Mediante este proyecto de ley, con la complicidad del resto de los integrantes de la coalición gubernamental, pretende, de manera indirecta, quitar gravedad a las desapariciones forzadas, a los secuestros de niños, a los asesinatos, a las torturas, a las calamidades sufridas por miles de exiliados y de insiliados forzosos.

Las normas de Derechos Humanos son una conquista de la humanidad, un gran logro de los pueblos. Luego de la trágica experiencia de la Segunda Guerra Mundial, las mismas surgieron a nivel internacional para proteger a los ciudadanos de los potenciales abusos de los funcionarios estatales, civiles, militares y policiales. En este sentido, solamente los funcionarios del Estado violan las normas de DDHH tal como lo ha señalado hace pocas semanas en un reportaje el actual presidente de la INDDHH el Sr. Marcos Israel.

La violencia fue generada desde el poder

El proceso iniciado el 13 de junio de 1968, cuando Jorge Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de Seguridad (MPS), desembocó en la dictadura y luego en el terrorismo de Estado. Las Fuerzas Armadas desempeñaron un papel protagónico, cargan y cargarán, históricamente, una pesada mochila. Fue una calamidad nacional. Sobre dicho proceso recae toda la responsabilidad por los costos directos e indirectos del mismo, en daños y sufrimientos, humanos y materiales.

Los funcionarios del Estado tienen la obligación de respetar las normas de Derechos Humanos y asegurar el pleno usufructo de ellas a toda la ciudadanía. El accionar de los particulares nunca puede ser equiparado ni igualado al de los funcionarios del Estado.

En realidad, lo que se pretende, como parece sugerir el modo en que se presentó el proyecto, se manejó públicamente en los medios y se aprobó, es quitarle gravedad, importancia y significado a los delitos que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha calificado como crímenes de Lesa Humanidad en la Sentencia Diana Maidanik  y otros, de noviembre de 2021 y que está, aún,  pendiente de implementar por parte del gobierno.

El debate en la Cámara de Representantes, impedirá que este auténtico mamarracho jurídico, sin montos, sin aclaraciones básicas, pueda prosperar. La calidad de la democracia estará en juego. La más amplia movilización en el marco de evitar la continua pérdida de la capacidad adquisitiva y del nivel de vida de los trabajadores, los jubilados y los pensionistas, de los derechos conquistados, de impedir la aprobación de la Reforma Jubilatoria regresiva, será fundamental.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.



Un agregado militar que no honra al país

 El Ministerio de Defensa Nacional (MDN) acaba de designar al capitán de navío Marcos Saralegui como agregado militar en la Embajada de Alemania. Su designación no prestigia al país. En el año 2017, participó  en el Tribunal de Honor que juzgó al capitán de fragata Juan Carlos Larcebeau. Al absolver de toda falta al involucrado,  desconoció al Poder Judicial e incurrió, de hecho, en apología del accionar terrorista por parte del Estado durante el pasado reciente.

Por Gastón Grisoni (*) – 24. 12.22


Capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau

El Plan Cóndor

Las dictaduras del Cono Sur en la década de los 70, con gran intensidad y ferocidad en los años 74 al 78, desarrollaron una intensa coordinación represiva contra los opositores a dichos regímenes, sin importar el lugar en que ellos se encontraran.

Las Fuerzas Armadas uruguayas, con la colaboración de la Policía, llevaron a cabo una verdadera campaña de persecución y aniquilamiento de los uruguayos que, escapando de la represión en el país,  se habían refugiado en Chile, Paraguay, Brasil y fundamentalmente en la Argentina.

Luego del golpe de Estado de Videla en marzo de 1976 la represión se incrementó notablemente con misiones casi permanentes de los servicios de inteligencia operando en el local de la calle Bacacay, en Automotores Orletti y otros centros clandestinos de detención. Oficiales uruguayos como Manuel Cordero han sido condenados por la justicia argentina y cumplen su condena en dicho país.

En noviembre de 1974 se llevó a cabo el secuestro, tortura, traslado clandestino, a Uruguay de los militantes uruguayos que posteriormente serían asesinados en la localidad de Soca como supuesta represalia por la muerte en Francia del coronel Ramón Trabal.

El Fusna: un centro siniestro

La Armada Nacional participó activamente en las campañas represivas desplegadas desde abril de 1972 cuando se le atribuyó a la justicia militar la potestad de juzgar a todas las personas que se entendiera comprometidas en actividades antigubernamentales consideradas fuera de la ley.

Las instalaciones del Fusna, en el puerto de Montevideo, se transformaron en un lugar de tormento y torturas para centenares de luchadores sociales y políticos que fueron interrogados, torturados y recluidos en dicho lugar. Los testimonios de las víctimas en las causas judiciales son estremecedores respecto.

Oficiales del Fusna y marinos, participaron activamente en diferentes operaciones represivas desarrolladas en la Argentina en los años 76, 77 y 78. Tanto en Uruguay como en Argentina y en Italia fue posible identificar a varios de los represores y condenarlos. Uno de ellos, precisamente, fue el fallecido capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau, juzgado y condenado por tres instancias diferentes en Uruguay.

Un tribunal de Honor bochornoso

Tal como informó el periodista Leonardo Haberkorn en El Observador, el capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau, fallecido en el 2021, en prisión mientras cumplía su condena, fue sometido a un tribunal de honor integrado por los capitanes de navío Marcelo Pazos y Gabriel Guida (hoy retirados) y el capitán de navío Marcos Saralegui quien se encontraba en actividad. El objetivo del tribunal era determinar si los hechos por los cuales fue condenado ante la justicia penal afectaron el honor de la Armada.

El tribunal, que sometió a Larcebeau a un cuestionario ínfimo y no citó a otros testigos, entendió que no. El fallo final fue: “Absolución. Falta absoluta de culpabilidad”. Pero el tribunal fue más allá aún.

Basándose en los juicios elogiosos escritos en el legajo de Larcebeau durante la dictadura, los integrantes del Tribunal de Honor concluyeron que el oficial “era un ejemplo en su actuar profesional para todos sus pares”.

En los fundamentos de su voto, cada uno de los integrantes del tribunal fue aún más explícito. “Se puede establecer que este Señor Oficial era un ejemplo de conducta”, escribió Saralegui. “Se lo podía considerar un modelo militar”.

Agregó que Larcebeau “honraba el uniforme” y que “se destaca su corrección y dignidad en la vida militar”. Fue “un ejemplo y educador de sus subalternos”. De acuerdo con Saralegui, “no se puede considerar que (Larcebeau) no haya actuado con escrupuloso respeto a la dignidad de la Armada”.

Militares que desconocen al Poder Judicial

Los tres marinos que juzgaron a Larcebeau desconocieron al Poder Judicial, el órgano que en nuestro país tiene las potestades constitucionales para investigar, esclarecer y sancionar las conductas delictivas. Al egresar de la Escuela Naval, en su momento, el capitán de fragata retirado Juan Carlos Larcebeau juró por su Honor respetar y acatar la Constitución y las leyes. Desde el mismo momento en que fue condenado por la justicia es un delincuente y al mismo tiempo un perjuro.

Los integrantes del Tribunal de Honor cuyo fallo no fue homologado por el Poder Ejecutivo, obviamente, desconocieron el rol de los tribunales en instancias de esa naturaleza, despreciaron al poder judicial y al mismo tiempo, por los juicios emitidos, hicieron la apología del accionar terrorista del Estado.

Designar al capitán de navío Marcos Saralegui es una decisión equivocada y perniciosa para el país,  para su imagen internacional tan golpeada por sucesos como el de Marset y Astesiano.

Los oficiales de las Fuerzas Armadas que no adhieren a los principios democráticos republicanos y hacen la apología de los criminales estatales, pueden hacerlo desde las filas militantes de Cabildo Abierto pero no dentro de las instituciones estatales con principios  y valores democráticos. El ministro debe actuar tal como lo solicitó Crysol.

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(*) Gastón Grisoni es Presidente de Crysol pero sus opiniones no reflejan ni comprometen, necesariamente, al colectivo como tal.

(**) Publicado en El Popular web.